¿Qué repercusiones legales tiene ser el fundador de una fundación sin ánimo de lucro ESAL, en caso de presentarse pérdidas o entra en quiebra?
Quiero crear una ESAL para promover el aprendizaje del inglés en adultos. Mi esposo me apoya, pero no sabemos si crearla entre los dos como fundadores o yo sola. No queremos poner en peligro el patrimonio de nuestros hijos. En caso tal que la ESAL no funcione y en un futuro tenga pérdidas o quiebre, ¿Quién entra a responder? y ¿Con que porcentaje del patrimonio propio? Si yo creo la fundación sola, ¿es posible que mi esposo sea por ejemplo secretario en el acta de constitución o en los estatutos, pero no fundador?
Inicialmente si la figura que deseas usar es ESAL no tiene ánimo de lucro por ende no debe "quebrar" con pérdidas, posiblemente se está confundiendo esa figura con una sociedad; en el caso de la sociedad responden los socios hasta el monto de sus aportes NUNCA con su patrimonio. En este orden de ideas, podríamos asesorar la creación de la figura que tu desees y te recomendamos solicitar una asesoría jurídica personalizada con uno de nuestros abogados especialistas en el área de derecho comercial.
Si necesitas un abogado, tenemos a los mejores en tu ciudad, solicita YA! tu asesoria jurídica SIN COSTO: