CONSULTA JURÍDICA DE LIQUIDACIONES LABORALES

LA CONSULTA

El 15 de Julio de este año renuncié a mi...

cargo como asistente personal, tengo entendido que para la liquidación de las prestaciones sociales no hay un tiempo establecido, averigüé porque ya habían pasado más de 15 días desde que renuncié y aún no me habían elaborado la liquidación, pero que estuviera tranquila que al día siguiente me la tenían y si, me mandaron un pantallazo de lo que sería mi liquidación y que ésta ya estaba firmada por la Secretaría de Gobierno que sólo faltaba la firma del Alcalde para que fuera desembolsada, pasó una semana más y el pago nunca lo hicieron volví a averiguar y la respuesta fue que la Secretaría de Hacienda dijo que ellos tenían mes y medio para darme mi liquidación , ya pasó el mes y medio, y el tiempo sigue corriendo y nadie en la alcaldía se manifiesta acerca de dicha liquidación, quiero saber que tan cierto es ese tiempo que me dieron, si sí es legal.

LA RESPUESTA

La empresa no cuenta con ningún plazo para pagar la liquidación, tendrá que pagar todo al trabajador en el mismo día en que se despida o en que se termine el contrato de trabajo. De allí se desprende que el empleador debe pagar todos al empleado el mismo día en que se termine el contrato de trabajo; si se demora un solo día, ya debe pagar la indemnización de un día de salario por cada día de retraso de que trata el artículo del código sustantivo del trabajo arriba transcrito.

Si necesitas un abogado, tenemos a los mejores en tu ciudad, solicita YA! tu asesoria jurídica SIN COSTO:


SOLICITAR ASESORÍA GRATIS