Para muchos pueden sonar como las malas del paseo en temas de Estudio de Créditos, pero enrealidad, las Centrales de Riesgo son entidades de carácter privado que, bajo la vigilancia de la Superintendencia de Industria y Comercio, que suministran información oportuna sobre cómo ha sido el comportamiento de las personas frente a los compromisos que éstas han adquirido con entidades financieras, almacenes de crédito, etc. En Colombia, existen dos Centrales de Riesgo que son: DATACRÉDITO y CIFIN.
Es sencillo, podría decirse que del mismo modo en que una hoja de vida contiene referencias personales y éstas son tenidas en cuenta a la hora de ser contratados, las Centrales de Riesgo son nuestra referencia personal frente a la posibilidad de adquirir un nuevo crédito. De ahí que resulte tan importante el estar o no reportados en las bases de datos de dichas Centrales.
Pero, ¿Por qué de repente puede usted resultar reportado en una Central de Riesgo? ¿Qué posibilidad existe de que se brinde una referencia negativa sobre su proceder crediticio? A continuación, le brindamos respuesta frente a estas y otras dudas respecto al tema, y de esta forma evitar inconvenientes a la hora de adquirir un crédito, ya sea de comercial, de consumo o incluso, de vivienda.
Las Centrales de Riesgo son nuestra referencia personal frente a la posibilidad de adquirir un nuevo crédito. De ahí que resulte tan importante el estar o no reportados en las bases de datos de dichas Centrales.
En el momento en que usted adquiere cualquier tipo de crédito con alguna entidad bancaria o financiera se generará un reporte a medida del tiempo con información sobre comportamiento y cumplimiento que usted ha tenido con las Obligaciones Crediticias adquiridas, este reporte puede ser entonces positivo o negativo. Es el último tipo de referencia, la negativa, el que surge precisamente cuando usted ha incumplido con el pago a que se había comprometido en el momento de adquirir el crédito, obligación o servicio por el que se ha reportado su no pago.En tal caso, la Centrales de Riesgo están facultadas, en los términos que la Ley 1266 de 2008 indica, a registrarlo dentro de sus bases de datos con información que puede resultar contraproducente para adquirir futuros créditos.
La respuesta está en la Ley 1266 de 2008, sin embargo, es la Superintendencia de Industria y Comercio se encarga de profundizar este tema, la misma ha dicho que las sanciones a que habrá lugar son las siguientes:
Por último si usted actualmente se encuentra Reportado o sufre de alguna situación con las Centrales de Riesgo y tiene dudas sobre este tema lo invitamos a que realice su Consulta Jurídica Online Gratis a través de nuestra página web, donde Abogados Especialistas estarán dispuestos a darle las mejores Orientaciones Jurídicas.
Comentarios
MAY 25 , 2017
escuche que si se paga la deuda lo retiran en 48 horas de las centrales de riesgo es eso cierto?
OCT 26 , 2017
es cierto q despues de 5 años la deuda prescribe
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