CONOZCA LOS 5 COMPARENDOS MÁS COMUNES DEL 2015 PARA QUE ESTÉ ALERTA DE NO COMETERLOS EN ESTE 2016

25 OCT

CONOZCA LOS 5 COMPARENDOS MÁS COMUNES DEL 2015 PARA QUE ESTÉ ALERTA DE NO COMETERLOS EN ESTE 2016

¿A quién no le gusta la idea de tener un medio de transporte propio? Si, en realidad es algo my satisfactorio decir “Ey! Te llevo en mi Carro” o “Claro, te recojo en la Moto”. Pues bien, en la misma medida en que su vehículo le trae fascinado por sus múltiples beneficios, existen ciertas limitaciones que debe tener en cuenta a la hora de utilizarlo; de lo contrario, ser propietario de un automóvil o de una motocicleta puede convertirse en su principal dolor de cabeza.

La cantidad exagerada de multas, comparendos o “partes” de tránsito que se emiten a diario en el país, hacen comprender que en muchas ocasiones se trata del desconocimiento de la normatividad de tránsito por parte de los usuarios de vehículos particulares, más que de la negligencia por cumplir dichas normas.

Cuántas veces ha estado a punto de salir de casa, y de repente uno de los miembros de su familia pronuncia las palabras mágicas: ¿Ya revisaste si hoy es tu día de Pico y Placa? Este tipo de situaciones son tan comunes como las multas que ocasionan a diario. Por eso, es necesario que usted se informe sobre el tema y despeje las dudas que tiene sobre el mismo; y en caso de que ya tenga un comparendo en su contra, sepa qué hacer ante ello y cómo solucionar este asunto.

ASÍ LAS COSAS, LE PRESENTAMOS EL TOP 5 DE LOS COMPARENDOS DE TRÁNSITO EN ESTE 2015, PARA QUE NO LAS REPITA EN EL 2016

1. Conducir sin portar los seguros ordenados por la Ley

El Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito es un documento fundamental e ineludible a la hora de conducir su automotor. Portarlo no solamente le ayudará a evitarse el pago de una cuantiosa suma de dinero por el comparendo debido, sino que además le garantiza que tendrá la asistencia médica necesaria frente a la ocurrencia de un accidente de tránsito, así como los servicios de atención médica para quienes resulten afectados por usted en el ejercicio de esta actividad.

Sin embargo, si usted hace caso omiso a la indicación de llevar consigo el SOAT o por un descuido u olvido sale a conducir sin él, la autoridad de tránsito que lo sorprenda podrá multarlo con hasta 30 Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes. Esto, en cantidades concretas asciende, para el año 2016, a cerca de $689.454. En definitiva, le resulta más económico mantener al día el SOAT de su vehículo y cuidar de llevarlo consigo siempre.

Recuerde que obtenerlo o renovarlo no es nada complicado; son muchos los establecimientos que tienen el punto de venta de este Seguro. Además, ahora puede acceder vía electrónica al mismo, ingresando a los portales web que han sido autorizados por la Autoridad Nacional de Tránsito para tales fines. Así que no hay excusas. ¡Evítese multas excesivas, adquiera y actualice su SOAT!.

2. No usar el cinturón de seguridad de los asientos traseros

Para  vehículos cuya fabricación haya sido posterior al año 2004, es obligatorio utilizar el cinturón en los asientos traseros. Ahora no es suficiente con que el conductor del vehículo utilice el cinturón de seguridad, sino que se debe cuidar que, tanto el copiloto como los pasajeros traseros, tengan esta precaución, no sólo sobreponiendo el mismo, sino abrochándolo. Esto no sólo le permitirá evitar una multa de tránsito, sino que también, en dado caso, podría salvarle la vida a uno de los suyos y a usted mismo.

Si a pesar de estas recomendaciones, usted olvida usarlo o deliberadamente lo deja de lado, podrá contar con una multa en su contra cuyo valor se encuentra en un máximo de $90.000 para este año. Supervise SIEMPRE que tanto el copiloto como sus acompañantes y usted mismo tengan puesto y abrochado el cinturón.

3. No portar el equipo de prevención y seguridad establecido en el Código Nacional de Tránsito

Piense en que va conduciendo por una autopista que quizás no tiene suficiente luminosidad, y de repente su vehículo se queda detenido en medio de la nada, con pocas posibilidades de encontrar una solución en corto tiempo. Esta situación podría agravarse si usted no lleva consigo los elementos necesarios para garantizarse condiciones de seguridad y de auxilio. Esta es la razón por la que no debe conducir sin asegurarse de que su kit de carretera esté completo, y cuente con los elementos que a continuación enunciamos:

  1. Un gato con capacidad para elevar el vehículo.
  2. Una cruceta.
  3. Dos señales de carretera en forma de triángulo en material refractivo y provisto de soportes para ser colocadas en forma vertical o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello.
  4. Un botiquín de primeros auxilios.
  5. Un extintor.
  6. Dos tacos para bloquear el vehículo.
  7. Caja de herramienta básica que como mínimo deberá contener: Alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.
  8. Llanta de repuesto.
  9. Linterna.

Procure no olvidar su equipo de carretera, y evite cobros por parte de la Autoridad Nacional de Tránsito hasta por un valor de $344.727.

4. No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo

Esta es una de las infracciones más comunes. Los conductores se excusan en la prisa, los compromisos pendientes y la congestión vehicular que no es un secreto en muchas de las vías del país, y es por ello que prefieren continuar su marcha ante un semáforo en rojo o en amarillo.

Por otro lado, están quienes piensan que por el hecho de “llevar la vía”, no deben detenerse en ningún momento; esta idea es errada, puesto que precisamente para ello existen las señalizaciones de tránsito. La señal de “PARE” es una de las más comunes, pero más ignoradas. No detenerse ante ésta puede provocar lesiones e incluso la pérdida de la vida en usted o quienes colisionen con su vehículo.

Este tipo de acciones, son sancionadas con el más alto costo en cuanto a multas de tránsito de refiere: $689.454 será el pago que usted deba realizar. Usted juzgará, pues de las carreras, sólo queda el cansancio.

5. Conducir en estado de embriaguez

Son más de 8.000 los accidentes de tránsito catastróficos que se han presentado porque quien va al volante se bebió “unas cuantas copitas”. La tradicional campaña que aconseja que en caso de querer tomar, es mejor entregar las llaves, ha quedado de lado para darle lugar a la cultura de la conducción bajo alicoramiento.

Piense usted en cuántos riesgos corre al realizar una actividad peligrosa, como lo es conducir, con sus cinco sentidos alterados por la influencia del alcohol. Por esta razón, puede incurrir en el pago de multas no inferiores a $689.000. Sin embargo, particularmente para la infracción de tránsito por conducir en estado de embriaguez procede la suspensión de la licencia de conducción por un periodo de tiempo que va desde los ocho (8) meses hasta un año (1), además de la inmovilización de su vehículo y la práctica de pruebas de alcoholemia, que permitan determinar el grado de injerencia de estas sustancias, para entonces graduar la pena.

Evítese estas situaciones, evítese ir de la rumba a la tumba. Conducir en estado de embriaguez no sólo es un peligro para la sociedad, sino que pone en peligro su vida e integridad física.

TRANQUILO… TAMBIÉN EXISTEN DESCUENTOS PARA ESTOS COMPARENDOS

No deja de ser tedioso sacar dinero de su bolsillo para cubrir estas situaciones. Sin embargo, para incentivar su pronto pago y su voluntad de adquirir cultura ciudadana, se han creado dos tipos de descuento que, aunque no parezca, sirven de mucho al momento del pago.

  1. Descuento del 50% sobre el valor del comparendo: este aplica cuando usted reconoce que efectivamente ha cometido la infracción, asiste al curso obligatorio para instruirle sobre la forma adecuada de conducir y cancela la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la comisión de la infracción.
  2. Descuento del 25% sobre el valor del comparendo: tiene lugar en los mismos términos del beneficio anterior. Su única variante es que el pago se realiza dentro de los 20 días hábiles siguientes a la comisión de la infracción.

Así que ya lo sabe, tan pronto sepa que cursa en su contra una infracción, acérquese a la entidad encargada, infórmese de la misma e intente hacer el pago en el menor tiempo posible. Siempre hace bien librar un poco de dinero de la pena impuesta.

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