CONSULTA JURÍDICA DE LIQUIDACION SOCIEDAD PATRIMONIAL DE HECHO

LA CONSULTA

¿Es cierto que los bienes que se reparten solo son los que se consiguieron durante el tiempo de convivencia?

Me separé de mi compañera hace 1 mes, viví con ella 14 años en unión libre, tenemos los siguientes bienes en común. 1 vehículo que está pignorado a un banco y cuya deuda está a nombre de ella, pero en la tarjeta de propiedad solo figuro yo como propietario. Una casa adquirida en el año 2011 que se está pagando a 20 años con el subsidio del gobierno en la tasa de interés y cuya deuda figura en un banco a nombre de los dos.

LA RESPUESTA

Al momento de liquidar una sociedad patrimonial de hecho se tienen en cuenta los bienes conseguidos durante el tiempo de convivencia, ahora bien, para efectuar el trámite se generan distintos escenarios, el primero cuando media mutuo acuerdo, es posible realizarlo a través de notaria, contando con los documentos de identidad de las partes, de lo contrario, se hace necesario acudir ante la jurisdicción de familia, para que sea un juez quien determine los porcentajes adjudicables a cada una de las partes, fijé cuota de alimentos, custodia y régimen de vistas. Recuerda que en AbogadosYa estamos para servirte.

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