CONSULTA JURÍDICA DE LICENCIA DE MATERNIDAD

LA CONSULTA

Tuve un accidente de tránsito que es un accidente laboral...

porque soy enfermera y conducía mi moto para administrar medicamentos me accidente el 18 de abril del 2015 y ya llevo año y medio incapacitada la empresa me ha respondido por las mensualidades de mi básico y quiero saber en este momento dos cosas 1 en qué momento puedo saber yo, si soy apta o no para una pensión Ya que llevo tanto tiempo incapacitado y 2 tuve un bebé el 8 de agosto en este momento Quiero saber si la licencia de maternidad tanto como la incapacidad me la tendrían que pagar ya que son dos entidades distintas la licencia la paga la E P S Y la incapacidad la paga el SOAT a la ARL y la ARL se la paga a mi empresa Por ende mi empresa tendría que pagar las dos y si en tiempo se contarían como adicional los días de la licencia?

LA RESPUESTA

Inicialmente debemos saber si te ha revisado el medico laboral de tu empresa, con el fin de enviar tu caso a la junta regional de calificación. Ahora bien, frente a la licencia de maternidad esta será pagada en su totalidad por parte de la EPS así como la incapacidad; es decir no se contarían como adicionales, sino como pagos aparte. De lo anterior, si tienes interrogantes adicionales, no dudes en consultarnos nuevamente, recuerda que en AbogadosYa estamos para servirte.

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